sábado, 14 de agosto de 2010

OBLIGACIONES Y CONTRATOS

Este tema es de gran importancia, ya que la mayor parte de nuestra vida estamos realizando operaciones o actividades que sin estar conscientes de ello nos genera derechos y obligaciones, claro está que van relacionados de acuerdo a la importancia o valor de la transacción realizada, pues se pueden establecer obligaciones expresadas de manera voluntaria, o las obligaciones pueden emanar de la propia Ley.

La forma en que se adquieren éstas obligaciones se conoce como fuente de las obligaciones, por lo que entiendo que toda obligación nace de un contrato, y para que éstos contratos o manifestaciones de la voluntad tengan efectos jurídicos, es necesario que se cumplan con los requisitos que establece la Ley.

Estos requisitos son los siguientes:

- Primero debe de existir voluntad para establecer el vínculo, el cual debe ser un acuerdo bilateral entre dos personas, las cuales deben de tener capacidad de goce y de ejercicio.

- Se debe celebrar sobre algo que es real, que exista, para que se pueda considerar valido.

- Establecerse bajo la formalidad que establece la Ley. De acuerdo al acto que se está celebrando, esta formalidad puede ser:

a) De carácter consensual, es decir, no requiere estar por escrito.

b) De carácter formal, es decir, deben de establecerse por escrito a través de una escritura pública, y estos actos pueden ser públicos o privados.

c) De carácter solemne los cuales deben celebrarse ante un juez del registro civil.

El tener conocimiento sobre los requisitos que debe de reunir un contrato o convenio, nos va a permitir tener certeza de que el acto que estamos celebrando es válido, por eso es muy importante leer y comprender todas las cláusulas del mismo, para en su caso, establecer los medios de defensa a los que tenemos derecho.

martes, 3 de agosto de 2010

PATRIMONIO

El patrimonio es el conjunto de bienes que tiene una persona, el poseer éstos bienes, dan lugar a derechos y obligaciones. Cuando se tienen derechos, la persona pasa a ser un sujeto acreedor, caso contrario, cuando se adquieren obligaciones, al sujeto se le conoce como deudor.

Los derechos que se pueden adquirir sobre los bienes pueden ser reales o personales. Los derechos personales son los que se establecen entre las personas, como por ejemplo, el derecho que se establece con los hijos, o los derechos derivados del matrimonio.
Los derechos que se adquieren sobre las cosas u objetos, se les denomina derechos reales, los cuales pueden ser de propiedad o posesión.

El derecho de propiedad es el derecho total que se ejerce sobre las cosas, ya que sus características son de disfrutar, usar y disponer del bien.
Por otro lado, el derecho parcial que se adquiere sobre las cosas, se le denomina derecho de posesión, éste se diferencia del derecho de propiedad porque no se puede disponer del bien, solamente se disfruta y se usa.